El tratamiento de las tierras comunales está concentrado en la Ley de Deslinde y Titulación del Territorio Comunal, Ley Nº 24657.
Esta es una ley especial que fue dada en 1987 para solucionar, la falta de títulos y la falta de inscripción de los mismos en los Registros Públicos de la propiedad.
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No hay un solo cuerpo normativo que se ocupe del desarrollo de las comunidades campesinas en el Perú.
Las normas constitucionales aplicables son las contenidas en los artículos 88 y 89 de la Constitución Política de 1993.
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Constitución Política del Perú Título III Del Régimen Económico
Capítulo II Del ambiente y de los recursos naturales
Artículo 67º.- El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales.
Artículo 68º.- El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
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Constitución Política del Perú 1993
Ley N° 24656
Reconoce la autonomía de las comunidades campesinas y nativas, en su artículo 89º, recogiendo la tradición constitucional peruana.
En 1987 se aprobó la Ley General de Comunidades Campesinas, que declara de interés nacional e interés social y cultural el desarrollo integral de las comunidades campesinas.
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